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Guía para el cumplimiento de la Indian Child Welfare Act

A Native woman holds a baby as an older Native woman shows her a photo on a digital camera

La Indian Child Welfare Act (ICWA) fue aprobada como ley en 1978. La ley protege a los niños indios americanos y nativos de Alaska (AI/AN) en los sistemas estatales de bienestar infantil y les ayuda a permanecer conectados con sus familias, culturas y comunidades. El cumplimiento de la ICWA es obligatorio. A Guide to Compliance with the Indian Child Welfare Act, publicada por la National Indian Child Welfare Association, está diseñada para ayudar a las personas a comprender los requisitos de la ICWA y debe leerse en conjunto con la ley (25 U.S.C. § 1901 y siguientes) y las regulaciones federales vinculantes (25 C.F.R. Parte 23).

ICWAS ESTATALES Y OTRAS LEYES ESTALES

Un número creciente de estados ha promulgado sus propias leyes o políticas ICWA. Estas leyes complementan a la ICWA federal y, en algunos casos, aumentan las protecciones para los niños y familias AI/AN. Estas leyes o políticas estatales pueden requerir esfuerzos adicionales más allá de lo que la ley ICWA federal requiere. Es importante averiguar si su estado tiene, o no, leyes ICWA adicionales y revisarlas junto con esta guía. Añada cualquier nota sobre las diferencias en su estado a esta guía antes de utilizarla. Además, muchos estados suministran formularios y listas de verificación para el cumplimiento, que deben tenerse en cuenta además de la información presentada aquí. Seguir esta guía garantizará el cumplimiento de la ICWA federal, pero no necesariamente de las leyes o políticas estatales.

ACUERDOS TRIBALES-ESTATALES

Al aplicar la ICWA, usted también debe determinar si existe un acuerdo tribal-estatal que tenga procedimientos específicos a seguir. Muchas tribus tienen acuerdos con las agencias estatales en materia de bienestar infantil y pueden incluir requisitos adicionales y/o alterar las mejores prácticas listadas a continuación. Es importante averiguar si su estado tiene algún acuerdo ICWA tribal-estatal y revisar sus requisitos. Añada cualquier nota sobre las diferencias basadas en acuerdos tribales-estatales a esta guía antes de utilizarla. Seguir la información de la guía orientará el cumplimiento de la ICWA, pero no necesariamente los acuerdos tribales-estatales.

¿CUÁNDO SE APLICA LA ICWA?

La ICWA se aplica cuando hay un “proceso de custodia infantil” que involucra aun “niño nativo americano” (25 U.S.C. § 1903 [2012]; 25 C.F.R. § § 23.2, 23.103 [2016]).

Native grandfather carrying his grandson on his back.

La ICWA permite que el padre, el tutor nativo americano o la tribu del niño soliciten que el proceso de custodia infantil sea transferido a un tribunal tribal.

¿QUÉ ES UN “PROCESO DE CUSTODIA INFANTIL” PARA EFECTOS DE LA ICWA?

Los procesos de custodia infantil de la ICWA cubren:
• Cese de la patria potestad
• Colocación en régimen de acogida
• Colocaciones en una institución o con un tutor
• Tutelas
• Colocaciones preadoptivas
• Colocaciones adoptivas (incluye la conversión de un régimen de acogida a una colocación adoptiva)
• Colocaciones voluntarias o involuntarias que podrían prohibir a los padres recuperar la custodia de su hijo “a petición” (a través de una solicitud verbal sin formalidades o contingencias como acuerdos, procedimientos judiciales formales o requerir que un padre pague por los servicios antes de devolver al niño) (25 C.F.R. § 23.2 y 23.103)
• Infracciones de estatus (procedimientos de delincuencia juvenil que implican una infracción que no sería delito si la cometiera un adulto, por ejemplo, el consumo de alcohol, la incorrección o huir del hogar, absentismo escolar, etc.)

Los procesos de custodia infantil de la ICWA no cubren:
• Procesos de divorcio o disputas por la custodia entre dos padres
• Procedimientos de delincuencia juvenil (violaciones del derecho penal, detalladas en la página 1 del informe)
• Colocación voluntaria que cualquiera de los padres, ambos padres o el tutor nativo americano ha elegido, por su libre voluntad, sin amenaza de expulsión por parte de una agencia estatal, para el niño nativo americano y que no opera para prohibir que el padre o tutor nativo americano del niño recupere la custodia del niño si así lo solicita (por ejemplo, colocación informal con un pariente). (25 C.F.R. § 23.103).

Nota: la ICWA también puede aplicarse en un procedimiento de delincuencia juvenil cuando la base del procedimiento sea un acto delictivo del niño, pero la propuesta de colocación fuera del hogar se basa en la aptitud de los padres y no en el acto delictivo del niño.

Descargue completa la Guide to Compliance with the Indian Child Welfare Act